En la pasada Asamblea General de la Mutualidad, celebrada el 26 de junio, se aprobaron una serie de cambios en el seguro Mupiti Profesional.
Para ello, desde Mupiti nos han remitido un documento resumen con las modificaciones incorporadas en el seguro, a efectos de procedimiento de suscripción, en vigor desde el 1 de julio de 2021, y la comparativa con la situación anterior al cambio. Ver Anexo I. Resumen de los cambios en el seguro Mupiti Profesional.
Por otro lado, con la intención ayudar a los compañeros que opten por Mupiti como alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), por medio del alta en el seguro Mupiti Profesional, han diseñado una guía accesible a través del siguiente Anexo II. Seguro Mupiti Profesional Digital, en la que se detallan los requisitos necesarios para tramitar el alta en dicho seguro, así como para la suspensión y la reactivación del mismo, a través de la plataforma MUPITI PROFESIONAL DIGITAL (MPD), con un recordatorio de las características y coberturas principales del producto, y sus ventajas.
Para poder contratar el seguro Mupiti Profesional, lo primero que tendrá que tener en cuenta la persona interesada es:
- Estar colegiado, con atribuciones profesionales, en alguno de los Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales y de Grado.
- No haber realizado la actividad por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en ninguno de los epígrafes profesionales de Ingeniería (321/ 843.1).
Como novedades que se han incorporado al producto, se encuentra la posibilidad de regularizar cuotas atrasadas, con las condiciones y los plazos establecidos en el Apéndice 13; si bien, en el periodo de cobertura de dichas cuotas quedan excluidas las garantías de las prestaciones de riesgo.
También, se amplían las bonificaciones de cuota, de acuerdo con la situación que contempla el artículo 32 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, al supuesto de que al mutualista le sobrevenga una discapacidad en un grado superior o igual al 33%, reconocida con posterioridad a 1 de enero de 2019. En este caso, siempre que el mutualista haya causado alta en el seguro Mupiti Profesional con el correspondiente pago de cuotas, podrá aprovecharse de las bonificaciones de las cuotas del seguro previstas para los mutualistas con un grado de discapacidad superior o igual al 33%.