Hasta el momento, solo los colegiados desempleados podían acceder a las becas por valor del 50% del precio del curso, pero a partir de ahora podrán beneficiarse también los colegiados que tengan una renta anual inferior a 15.000€ netos /año (declaración individual) o renta anual inferior a 30.000€ netos /año (declaración conjunta); dato que figura en la casilla 490 de la Declaración de la Renta.
De esta manera, podrán acceder al programa de becas los colegiados que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Desempleados, para que puedan tener acceso a la formación necesaria en aras de conseguir un empleo.
- Ejercientes libres o autónomos con menor actividad, para que puedan continuar con su reciclaje formativo, así como ampliar y mejorar su actividad profesional.
- Empleados por cuenta ajena con menores ingresos, para que a través de la formación puedan optar a una mejora de sus condiciones laborales actuales.
Aquellos que estén interesados en acogerse al programa, deberán solicitar la beca a su Colegio, a través del formulario que se encuentra disponible en la web de la Plataforma de Formación.
En dicho enlace figura también la información relativa al procedimiento a seguir para solicitar las becas, y la documentación que han de aportar los solicitantes de las mismas. El Programa se aplicará a todos aquellos cursos cuya matrícula comience después del 1 de Abril de 2016.
Desde el COGITI se anima a los colegiados que cumplan los requisitos, a aprovechar esta oportunidad, e informarse de los numerosos y variados cursos impartidos en la Plataforma, que son constantemente actualizados, y están basados en criterios de calidad, tanto en los contenidos como en las metodologías de la formación. Pueden consultar todos los cursos disponibles en www.cogitiformacion.es
Fuente: http://www.cogiti.es